Consentimiento escolarización hijos padres divorciados

El consentimiento de padres separados para la escolarización

Sonó el telefonillo y, al descolgar, oí una voz que decía:

«Hola, soy de Correos, traigo un telegrama para usted».

Después de dar los datos, y de firmar en el móvil del empleado de correos, éste me entregó el telegrama, y al abrirlo pude leer:

“No doy mi consentimiento para matricular a nuestro hijo en ningún centro escolar, que no haya sido acordado de mutuo acuerdo entre ambos”.

Con solo leer las tres primeras palabras, ya tenía claro que la elección del colegio iba a suponer, una vez más, otro tema de conflicto, que nos iba a arrastrar a un nuevo enfrentamiento judicial.

La elección del colegio de los hijos de padres divorciados, cuando existe una situación de conflicto entre ellos respecto a la custodia, siempre es una fuente de problemas, que termina por arrastrar a las partes ante el juzgado.

Matricular a un niño por primera vez en un centro escolar supone la necesidad de que ambos padres hagan un ejercicio de responsabilidad mutua, dejando de lado sus diferencias, y poniendo el máximo foco en tomar la decisión que mejor garantice los intereses del menor. Se hace preciso estar de acuerdo en el centro escolar, en el que deseas que tu hijo empiece a formar parte de su futura vida.

El problema es que, en estos casos, cada uno considera que el mejor centro es el que está junto a su casa. En este caso, el padre tenía una peculiar y personal forma de ver y entender el interés del menor.

A pesar del contundente contenido del telegrama, nuestra cliente había remitido un mail, indicando la necesidad de alcanzar un entendimiento mutuo, para proceder a la elección del centro escolar, pero la respuesta a ese mail fue todavía más demoledora.

“NO voy a admitir ninguna otra propuesta, que no sea matricular a nuestro hijo en un colegio a mitad de camino entre nuestros actuales lugares de residencia, que me permita disfrutar de custodia compartida.”

La elección del colegio forma parte de las competencias incluidas dentro de la patria potestad padres separados, por lo que exige el acuerdo de ambos padres.

Desde el inicio de la relación de pareja, habían vivido en Alicante, y sólo ahora como consecuencia de la ruptura, el padre, con la intención de evitar tener que hacer frente en solitario a los costes de alquiler, se había trasladado, por voluntad propia, a vivir al campo en compañía de su madre, una población donde el pueblo más cercano estaba a más de una hora andando.

Su propuesta de matricular al menor en un centro a mitad de camino, no solo era descabellada, sino además carente de todo sentido. Era legalmente inviable, matricular a un menor en una población donde no reside ninguno de los padres, pero es que, además, la respuesta dada por el padre, dejaba bien claro la imposibilidad de alcanzar cualquier posible acuerdo.

Estamos convencidos que, desde la visión de ese padre, considerar matricular al niño en un colegio en el lugar de residencia, colegio que él mismo había admitido en la relación de pareja, era ceder a los intereses personales de nuestra cliente.

Por desgracia, una vez más, el dolor nubla la razón, y se exigen pretensiones carentes de sentido común. Este es el gran peligro de las percepciones, y de la personal forma de ver y entender lo que vivimos durante un proceso de divorcio.

Y la situación se puede incluso caldear más, en función del abogado que elijas para que te asesore. Si el abogado anima situaciones como esta, el conflicto, la guerra y los juicios, por todo y para todo, están garantizados.

Acumulábamos a nuestras espaldas en este asunto la experiencia de meses previos, tratando de alcanzar un acuerdo respecto de visitas, estancias y custodia.

Habían sido meses de sufrimiento y dolor, que habían dejado claro que negociar era INVIABLE. Solo cabía el auxilio judicial para rebajar las posturas, y tratar de alcanzar un acuerdo.

¿Se puede matricular a un niño sin la firma del padre?

Para la elección del colegio de los hijos de padres divorciados, es preciso el consentimiento y la firma de ambos padres. En consecuencia, matricular a un niño sin la firma de un padre, resulta inviable.

Por ello, si hay desacuerdo en la escolarización de los niños, como es el caso que os relatamos hoy, se debe de acudir a un proceso de jurisdicción voluntaria, al amparo del artículo 156 de nuestro código civil, por desacuerdo en el ejercicio de la patria potestad.

Debes solicitar del juzgado, que te conceda la facultad de decidir el centro escolar al que debe de acudir tu hijo.

¿Cómo es el juicio de elección de colegio?

Comienza con una Demanda, que debe presentarse en el juzgado de primera instancia del domicilio o, en su defecto, lugar de residencia, del hijo, salvo que el ejercicio conjunto de la patria potestad haya sido establecido por resolución judicial, en cuyo caso será competente para conocer este expediente el juzgado de primera instancia que hubiera dictado dicha resolución.

En este procedimiento, no es obligatorio actuar con abogado ni procurador, aunque siempre es aconsejable contar con abogados, y sobre todo abogados especializados en derecho de familia, como nuestro despacho, ya que la experiencia y la práctica siempre es un grado.

En esa Demanda, el solicitante debe exponer los motivos o causas por las que considera que su propuesta es la más beneficiosa y acertada, para merecer del juzgado la posibilidad de elección, así como, acompañar los documentos, informes o pruebas, que considere importantes para justificar su petición.

Tras su admisión en el juzgado, se señala fecha para la comparecencia o vista, y se traslada la solicitud a la otra parte, concediéndole un plazo de 5 días para presentar por escrito los motivos de su oposición.

En la comparecencia o vista oral se intentará un acuerdo previo. De alcanzarse, se plasmará bien en grabación o bien documentado en un acta, que será firmada por todas las partes.

De no ser posible el acuerdo entre las partes, se iniciará la vista, oyendo al solicitante y al denunciado, y se practicarán las pruebas que sean propuestas y admitidas por las partes, para que su señoría decida a quien le concede la facultad de decidir.

Una vez practicadas las pruebas, se dará trámite en el mismo acto a las partes y al Ministerio Fiscal, para conclusiones, que es la exposición oral final que realizamos los abogados, informando de los resultados de las pruebas que se han practicado en la vista, y dando argumentos para que el juez resuelva a nuestro favor.

Una vez terminada la vista, se recibirá la resolución.

Otro problema habitual entre padres divorciados con el colegio es cuando uno de los padres quiere hacer un cambio de colegio. ¿Te gustaría saber como actuar?

Aquí tienes otro post en el que te damos las respuestas: ¿Se puede cambiar a los niños de colegio sin consentimiento del padre?

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Muchas Gracias

Javier González González

Padre, Divorciado y experto apasionado del Área de Familia en Casasempere abogados

Preguntas y respuestas

➡️ ¿Elegir el colegio de mi hijo forma parte de la custodia o de la patria potestad?

Forma parte de la patria potestad, que son los derechos y deberes que los padres tienen sobre los hijos no emancipados, por lo que elegir el colegio de tu hijo forma parte de esa patria potestad y, por lo tanto, de aquellas decisiones mas importantes de los hijos, que afectan a su educación, salud, formación, protección.

➡️ ¿Para elegir el colegio de un hijo es necesario el consentimiento de los dos padres?

Sí, por supuesto. Al ser una decisión que afecta a la patria potestad que los padres tienen sobre los hijos, es necesario el consentimiento de ambos padres. Uno de ellos no puede matricular a su hijo en ningún colegio sin el consentimiento del otro padre.

➡️ ¿Qué puedo hacer si mi ex no me autoriza a matricular a mi hijo en un colegio?

En estos casos, en los que no hay acuerdo entre los padres para elegir el colegio del niño, se puede acudir a un procedimiento de jurisdicción voluntaria, del artículo 156 de nuestro código civil, por desacuerdo en el ejercicio de la patria potestad, para que te conceda el Juzgado la facultad de decidir el centro escolar al que debe de acudir tu hijo.

29 comentarios
  1. Isabel
    Isabel Dice:

    Si hay sentencia por violencia de género el padre tiene que dar consentimiento para yo apuntar a mi hija en otro cole??

    Responder
    • Casasempere Abogados
      Casasempere Abogados Dice:

      Muchísimas gracias por enviarnos tu pregunta. Sería necesario conocer el contenido de dicha sentencia y de las medidas civiles que se han acordado para poder responderte. Ello requiere de una reunión personalizada, si estas interesada, escríbenos por whatsapp usando este enlace https://www.caasasempereabogados.com/ayudadme para que te facilitemos información sobre nuestra consulta de claridad.

      Responder
  2. Sima
    Sima Dice:

    Buenas tardes,
    Me gustaría saber si cualquier persona puede descargarse classroom, aplicación de Google ligada al correo electrónico, con el correo y contraseña del correo del niño que facilita el colegio. Sin tener consentimiento de ambos padres y sin ser madre/padre/tutor legal.
    El problema no es el classroom en sí, es el acceso a los correos personales que puedan mandar desde tutoría, secretaria, dirección…
    Saludos,

    Responder
    • Casasempere Abogados
      Casasempere Abogados Dice:

      Muchísimas gracias por compartirnos esta pregunta tan interesante. Usted mismo indica que las personas que autorizadas y conocedoras de las claves de acceso son las que comparten dichos datos, como con el pin de una tarjeta bancaria, el usuario que recibe las credenciales debe salvaguardar que nadie ajeno acceda a esos datos. Sería preciso conocer quien o quienes están accediendo a datos personales de su hijo antes de tomar acciones. Como consejo inicial puede solicitar que revoquen las credenciales actuales y que le remitan contraseña de acceso nueva, remitiendo mail o comunicación al padre o madre para que evite facilitar estos datos a personas ajenas a ustedes. Le invitamos a que si desea una respuesta más detallada y personalizada nos remita un breve audio (no más de 2 min) ampliando la información aquí compartida a través de este enlace https://www.casasempereabogados/ayudadme, para con esa información indicarle como podemos ayudarle.

      Responder
  3. Monica
    Monica Dice:

    Yo tengo que matricular a mi hija pero tengo custodia exclusiva y patria protestad los dos, pero tengo sentecia de violencia de genero con orden de alejamiento tanto presencial como telefonicamente redes sociales no nos podemos comunicar por email todo ello escrito por sentencia.Aun asi tendria que tener la firma del padre?

    Responder
    • Casasempere Abogados
      Casasempere Abogados Dice:

      Hola Mónica, salvo que en la sentencia de violencia se haya contemplado que puedes ejercitar tu este trámite, si vas a necesitar la firma del padre. Seria necesario poder entrar en detalle y ver sentencias al respecto. Te invitamos a que contacte con nosotros por whatsapp usando este enlace https://casasempere.seo4pymes.com/ayudadme y pida información sobre nuestra consulta de claridad.

      Responder
  4. Agne
    Agne Dice:

    Buenos dias. Soy extranjera. Por lo que veo en España para matricular a los hijos es muy injusto. En otros paises no hay ningun problema para apuntar colegios solo presentar los documentos del madre y padre. Pero en España eso que es? Resulta los hijos tiene que sentar en la casa y no va l colegio por culpa sin firma del padre. Hay muchisimos cada segundo el hombre lo hacen por ira,venganza,imposible la vida,no esta de acuerdo y siempre qiuere todo para el y casi egoismo. Deberia quitar esa la idea del firma del padre para colegios. Los niños y los hijos tienen que ir a estiudiar si o si( por culpa de el padre no dan consentimiento y los hijos tiene que semtada en casa?) Pues no veo logico. Menos mal qu en mi pais no hay problema,asi evita sufrimientos,estres y problemas. En Espana si es verdad es injusto de lo colegios. Lo siento tuve que dejar comentarios. Me gustaria que gentes vota por esa idea que quiten la firma del padre para apuntar.colegios

    Responder
    • Casasempere Abogados
      Casasempere Abogados Dice:

      Gracias por enviar tu opinión, como decían en la película «acción civil» todo depende del lado de la mesa en la que te sientas. También es injusto desde la visión de un padre que sin su autorización una madre pueda llegar a coger a sus hijos y cambiar su lugar de residencia, impidiendo con ello, su contacto con sus hijos. El que sea obligatorio la firma de ambos progenitores es una medida de garantía para evitar abusos de uno solo de los padres. Los hijos jamás deberían ser una moneda de cambio, ni son propiedad de nadie.

      Responder
    • Eliane Dos Santos Silva
      Eliane Dos Santos Silva Dice:

      En parte tiene razón
      Que es una autorización por el bien de los niños una matrícula pero cada caso es diferente.ya por decidir por nuestros hijos necesitamos la decisión de otra persona .
      El mejor Juez es Dios .
      Saludos

      Responder
    • M jose
      M jose Dice:

      Hola, mi hija está matriculada en un colegio que elegimos los 2 en su momento. Ahora va a empezar la Eso. La niña quiere cambiar a otro centro más próximo de casa y este último año hemos estado los 3 especialmente descontentos. Le plantee al padre cambiar de centro y me dijo lo veríamos. Ahora que hay que hacer la solicitud dice que no. Que se quede donde esta.
      A él le consta un elevado número de niños van a intentar cambiar de centro. Cuando tanto la niña como yo vamos beneficioso el cambio.
      Como actuar?.
      Gracias, saludos

      Responder
      • Casasempere Abogados
        Casasempere Abogados Dice:

        Hola MJose, se debe acudir a un expediente de jurisdicción voluntaria para solicitar que el juez te autorice a ti a tomar la decisión de cambio. Le invitamos a que contacte con nosotros por whatsapp usando este enlace https://casasempere.seo4pymes.com/ayudadme y pida información sobre nuestra consulta de claridad para ampliar la información.

        Responder
    • Casasempere Abogados
      Casasempere Abogados Dice:

      Hola Francisco, lo primero dejar constancia de la oposición si no estás conforme con el centro al que lo ha matriculado. Lo segundo contactar con el colegio donde lo ha matriculado y entrevistarte con el director para dejar plena constancia de tu oposición y falta de autorización y acto seguido interponer un proceso de jurisdicción voluntaria por desacuerdo en el ejercicio de la patria potestad para en su caso que el juez pueda decidir quien debe decidir donde se matricula el menor. Te invitamos a que nos contactes por whatsapp usando este enlace https://casasempere.seo4pymes.com/ayudadme pidiendo que te demos información sobre nuestra consulta de claridad si quieres profundizar en más detalle.

      Responder
  5. Eliane Dos Santos Silva
    Eliane Dos Santos Silva Dice:

    Buenas noches
    🥇 Primer agradecer por tamaño ayuda .
    Sería amable ayudarme solo p estar tranquila.nel caso tarda el procedimiento de salir el tema do juzgado 2 . para no quedar en la espera la niña queda si matricular.,🥺en mi caso queremos cambiar de península ?
    Mi ex lo niega
    Tengo que vivir aquí toda mi vida en el mismo pueblo solo por tener una hoja en común.gracias
    Deseo anciosamente la respuesta . gracias 🫂

    Responder
    • Casasempere Abogados
      Casasempere Abogados Dice:

      Hola Eliane, por desgracia los tiempos de los juzgados no van acordes con la urgencia y las prisas con las que vivimos a diario nuestra vida. Lamentablemente salvo acuerdo o entendimiento entre los propios padres, la única opción legal es la autorización judicial a través de un proceso de desacuerdo en el ejercicio de la patria potestad. Un saludo y deseamos que le sirva de ayuda.

      Responder
  6. Eliane Dos Santos Silva
    Eliane Dos Santos Silva Dice:

    En parte tiene razón
    Que es una autorización por el bien de los niños una matrícula pero cada caso es diferente.ya por decidir por nuestros hijos necesitamos la decisión de otra persona .
    El mejor Juez es Dios .
    Saludos

    Responder
  7. Pepita perez
    Pepita perez Dice:

    Contad las cosas como son realmente, porque un niño no puede estar sin escolarizar, y los procesos judiciales son tan largos, que desde que pones una demanda hasta que te contestan pueden pasar años y un niño en edad de escolarizacion obligatoria no puede estar 2 años esperando que un juez diga quien elige colegio. Por lo tanto quien tiene la custodia acaba haciendo lo que ñe da la gana y escolarizando al niño donde mejor le parece.

    Responder
    • Casasempere Abogados
      Casasempere Abogados Dice:

      Hola Pepita, es verdad que los procesos son muy largos, pero en los temas de escolarización los jueces son conscientes y suelen ser bastante ágiles. Si un niño está escolarizado se le deja donde está hasta que hay resolución nueva y si no está escolarizado actúa inspección de educación y se le escolariza, lo que ocurre es que la falta de acuerdo termina provocando mayores males. La realidad como usted dice es que la mayoría de las veces el egoísmo y el capricho de los padres provocado por su dolor personal provoca que los perjudicados sean los hijos y se vean envueltos en batallas sin sentido ante la falta de sentido común de sus propios padres.

      Responder
  8. José Luis
    José Luis Dice:

    Hola, en mi caso que soy padre soltero, llegué al acuerdo con la madre de no escolarizar al niño hasta que no cumpliera los seis años. Nos repartimos el tiempo una semana ella y otra yo, aunque dado el trabajo de la madre el niño pasa más tiempo conmigo que con ella, y yo dedico todo mi tiempo con él a su formación.
    Hoy me ha llegado vía Whatsapp y desde un grupo de un colegio a sesenta kilómetros de nuestro hogar, que mi hijo empieza su curso, con sus horarios y demás, curiosamente en un colegio al lado de la casa de la madre, por lo cual llego a entender que lo ha escolarizado sin mi consentimiento, y además rompería todo el mecanismo que llevamos hasta ahora. ¿Qué seria lo más factible y rápido hacer para anular dicha inscripción? Desde ya le agradezco su respuesta.

    Responder
  9. Isabel
    Isabel Dice:

    hola buenos días tengo la parte potestad de mi hija compartida con mi ex pareja puedo negarme aquel colegio se la entregue a cualquier otra persona que no sea su padre

    Responder
    • Casasempere Abogados
      Casasempere Abogados Dice:

      Hola Isabel, se hace preciso conocer el contenido actual de la sentencia o convenio. Por norma general las personas autorizadas deben de estar consensuadas por ambos padres y los colegios suelen poner un límite en número. Pero habría que ver más en profundidad el asunto. Si te parece, contacte con nosotros por whatsapp usando este enlace https://casasempere.seo4pymes.com/ayudadme y le informaremos de como le podemos ayudar.

      Responder
  10. Laura
    Laura Dice:

    La hija de mi pareja ha sido escolarizada en un colegio concertado sin ningún tipo de consentimiento ni autorización del padre, es más tuvimos que descubrir el colegio chequeando las listas de admisión porque la madre no respondía acerca de todo el proceso de escolarización.
    Al personarse el padre en el colegio para preguntar cómo había pasado eso, el director dice que no es responsabilidad suya pero el padre está apartado de toda documentación e información de su hija en él porque siempre alegan que es la madre quien le tiene que informar.
    Realmente el colegio puede lavarse la manos en ese aspecto aún sabiendo que hay una sentencia de divorcio?

    Responder
    • Casasempere Abogados
      Casasempere Abogados Dice:

      Hola Laura, sería preciso conocer y valorar en detalle la sentencia o convenio para ver el porque de la interpretación del Director del centro escolar. Si existe conocimiento de la sentencia no tiene mucho sentido lo que alega, el tema de elección de centro escolar es un tema de patria potestad y salvo atribución expresa en sentencia o convenio corresponde decidirlo en conjunto a ambos padres. Lo que procede es actuar cuanto antes, para saber con precisión los pasos a dar te invitamos a que contactes con nosotros por whatsapp usando este enlace https://casasempere.seo4pymes.com/ayudadme y pidas información sobre nuestra consulta de claridad.

      Responder
  11. michel
    michel Dice:

    buenos dias, gracias por su articulo pero siempre no veo que solucion tenemos cuando estamos en proceso de divorcio y que estamos casada. un padre puede matricular el niño sin consentimiento del otro padre?

    Responder
    • Casasempere Abogados
      Casasempere Abogados Dice:

      Nos faltan datos para dar una respuesta adecuada, si sigue casada y todavía no hay sentencia de divorcio, aún casados se hace preciso contar con la firma de ambos padres para matricular o cambiar de colegio. Si se da esa situación debe de ser puesto en conocimiento judicial con los procesos de jurisdicción voluntaria oportunos y al centro en el que se ha hecho la matriculación indebida para remitir la actuación y evitar otros problemas. Si te parece, contacte con nosotros por whatsapp usando este enlace https://casasempere.seo4pymes.com/ayudadme y le informaremos de como le podemos ayudar.

      Responder

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