Cambio de cerradura tras separación o divorcio

¿Se puede cambiar la cerradura sin consentimiento tras una separación o divorcio?

Cuando se puede cambiar la cerradura es una de las preguntas estrella ante un proceso de ruptura de pareja o divorcio conflictivo. Salir de casa para evitar la discusión y al volver, pasadas unas horas o tras salir del trabajo, encontrarse con que tus llaves no abren la puerta de la que hasta hace unas horas era tu casa.

En el post de esta semana vamos a dar respuesta a las siguientes preguntas:

  1. ¿En una separación cuándo se puede cambiar la cerradura?
  2. ¿Qué pasa si mi ex cambia la cerradura de casa?
  3. ¿Cómo denunciar un cambio de cerradura?

1.- ¿En una separación cuándo se puede cambiar la cerradura?

Si has llegado a tu casa y eres de los que ahora mismo se están diciendo «mi pareja no me deja entrar en casa«, debes saber que lo primero que debes analizar es en qué fase del proceso de separación o ruptura te encuentras y, en segundo lugar, cuál ha sido tu actitud al momento de irte de casa.

En relación al momento procesal y judicial, debemos tener presente dos situaciones:

  1. Inexistencia de medidas provisionales./li>
  2. Existencia de medidas provisionales.

Pero antes de entrar en más detalle veamos una definición necesaria.

Diferencia entre uso de la vivienda y propiedad.

Cuando legalmente hablamos de uso de la vivienda nos referimos al derecho a usarla y disfrutarla, a ocuparla y permanecer en ella. Podemos hacer uso de la misma y de sus instalaciones para vivir en ella, cubrir nuestra necesidad de vivienda junto a nuestros hijos y con aquellas personas que decidamos convivir, de forma temporal o permanente.

La propiedad sin embargo es el derecho a poseer y ser legítimo titular o propietario de la vivienda.

Para evitar confusiones debemos explicar las diferencias entre dos figuras legales: el usufructo y el derecho de uso.

Diferencias entre usufructuario y derecho de uso.

Aunque parecen lo mismo en realidad tienen grandes matices que los diferencia.

El usufructuario dispone del derecho de uso y disfrute pleno sobre la cosa entregada con derecho de conservarla y restituirla al final del usufructo.

El usufructuario puede ceder y arrendar su usufructo, mientras que el usuario o persona que disfruta del derecho de uso, tiene un uso más limitado del bien. Se le ha otorgado ese derecho de uso debido a que se ha constituido en atención a sus características personales.

A diferencia de un usufructuario, un usuario no puede ceder en alquiler su derecho de uso ni puede cederlo a terceros.

Un usuario de la vivienda no puede venderla, no puede hacer cambios, obras o mejoras en la vivienda, sin consentimiento de los propietarios. Solo tiene derecho de usar y disfrutar de la misma y sus elementos en el estado en el que se le entrega.

En derecho de familia el uso de la vivienda familiar se equipara con poder vivir en ella, así como poder hacer uso de la casa y sus instalaciones, para cubrir la necesidad básica de disponer de una vivienda en la que vivir. Cuando ambos son copropietarios es el término legal que sirve para indicar quien de los dos va a poder ocupar y disfrutar temporal o indefinidamente de la vivienda común.

Pero debemos tener presente que el hecho de cambiar la cerradura de casa puede considerarse delito de coacciones dependiendo, en un primer análisis, de si existe un derecho de uso atribuido previamente al cambio de la cerradura o no.

Ahora ya estamos preparados para seguir:

2.- ¿Qué pasa si mi ex cambia la cerradura de casa?

Para dar respuesta a esta pregunta necesitamos valorar de inicio si el cambio de cerradura viene motivado por autorización judicial previa o no. Una vez averiguado ese dato, debemos conocer la actitud o finalidad con la que se ha realizado el cambio de cerradura.

  • Inexistencia de medidas provisionales
  • Existencia de medidas provisionales

Inexistencia de medidas provisionales

Si todavía no existe un derecho de uso de la vivienda atribuido en auto de medidas provisionales o sentencia, la vivienda sigue siendo el domicilio familiar de ambos y por lo tanto NO se puede cambiar la cerradura sin consentimiento de ambos.

Si te encuentras en este supuesto debes saber que de entrada podrías estar ante un delito de coacciones por cambio de cerradura.

Existencia de medidas provisionales

Si por el contrario ya ha habido una comparecencia de medidas provisionales y el juzgado ha atribuido el uso de la vivienda familiar a uno de los dos copropietarios, debes saber que está justificado para preservar el derecho a la intimidad personal que tu ex cambie la cerradura de la casa.

Así que, si ya has recibido el Auto de medidas provisionales y te atribuyen el uso de la vivienda, que sepas que puedes llamar con total tranquilidad al cerrajero, o puedes ir a la ferretería y cambiar el bombín de la cerradura de la puerta de entrada.

En esta concreta situación y con estos parámetros no estás cometiendo ningún delito por cambiar la cerradura de la casa.

Aunque seas copropietario al 50% de la vivienda, debes saber que desde el momento en el que el juzgado atribuye el uso del domicilio familiar a tu ex pareja, si entras en la vivienda haciendo uso de tus llaves y sin consentimiento de ella, puedes estar cometiendo un delito de allanamiento de morada.

Desde que judicialmente se ha atribuido el uso de la vivienda a una de las partes, deja de ser el domicilio habitual para la otra parte, y esta debe comportarse como si ya no viviera en ella. Necesita permiso y autorización para entrar y permanecer en el interior de la vivienda.

Como hemos visto, es diferente seguir siendo propietario o cotitular de la vivienda, y seguir asumiendo las obligaciones propias de dicha condición como pagar la hipoteca, de usar y ocupar la vivienda.

¿En todos los supuestos de inexistencia de medidas provisionales se comete delito de coacciones por el cambio de cerradura?

No. Va a depender del segundo elemento a tener en consideración. Tu actitud con respecto a tu situación personal en la vivienda.

Es habitual que permanecer en la vivienda común durante las primeras semanas tras la decisión de separarse, o de romper la convivencia, suponga tensar en exceso la armonía en la pareja.

Una vez que se ha decidido que se quiere terminar la relación, alargar la convivencia suele suponer discusiones, tensiones y malas vibraciones en el interior de la vivienda, que de extenderse sólo conducen a incrementar el conflicto.

Si ante una discusión tu actitud es salir de la vivienda y abandonar voluntariamente tu casa, indicando que te marchas a vivir a otro sitio, debes saber que si manifiestas que te vas y que no quieres seguir viviendo en la casa, estás voluntariamente renunciando a que dicha vivienda sea considerada tu domicilio o vivienda habitual y en consecuencia el cambio de cerradura dejaría de ser considerado a efectos penales un delito de coacciones.

¿Requisitos del delito de coacciones por cambio de cerradura?

Lo primero que debes saber es que el delito de coacciones tiene dos graduaciones diferentes en función de la gravedad de los hechos cometidos.

  1. Delito grave de coacciones
  2. Delito leve de coacciones

1.- Delito Grave de Coacciones.

Si estamos ante un posible delito de coacciones por el cambio de cerradura, debemos acudir al artículo 172.1 del código penal

1. El que, sin estar legítimamente autorizado, impidiere a otro con violencia hacer lo que la ley no prohíbe, o le compeliere a efectuar lo que no quiere, sea justo o injusto, será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años o con multa de 12 a 24 meses, según la gravedad de la coacción o de los medios empleados.

Cuando la coacción ejercida tuviera como objeto impedir el ejercicio de un derecho fundamental se le impondrán las penas en su mitad superior, salvo que el hecho tuviera señalada mayor pena en otro precepto de este Código.

También se impondrán las penas en su mitad superior cuando la coacción ejercida tuviera por objeto impedir el legítimo disfrute de la vivienda.

A efectos judiciales se entiende que existe delito de coacciones por el hecho de cambiar la cerradura cuando se busca restringir, limitar o doblegar la voluntad de otra persona. En este caso concreto, cuando es la única vivienda y se impide el acceso a la misma sin motivo o causa.

Ha de existir lo que legalmente se conoce como dolo o intencionalidad. Si el cambio de cerradura viene propiciado por un robo o una rotura o pérdida de las llaves y automáticamente se pone a disposición del otro propietario copia de las nuevas llaves de acceso, no existe conducta delictiva que pueda ser recriminada.

2.- Delito Leve de Coacciones.

2. El que de modo leve coaccione a quien sea o haya sido su esposa, o mujer que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad, aun sin convivencia, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a ochenta días y, en todo caso, privación del derecho a la tenencia y porte de armas de un año y un día a tres años, así como, cuando el Juez o Tribunal lo estime adecuado al interés del menor o persona con discapacidad necesitada de especial protección, inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento hasta cinco años.

Igual pena se impondrá al que de modo leve coaccione a una persona especialmente vulnerable que conviva con el autor.

Se impondrá la pena en su mitad superior cuando el delito se perpetre en presencia de menores, o tenga lugar en el domicilio común o en el domicilio de la víctima, o se realice quebrantando una pena de las contempladas en el artículo 48 de este Código o una medida cautelar o de seguridad de la misma naturaleza.

No obstante lo previsto en los párrafos anteriores, el Juez o Tribunal, razonándolo en sentencia, en atención a las circunstancias personales del autor y a las concurrentes en la realización del hecho, podrá imponer la pena inferior en grado.

El ser condenado como delito grave o delito leve va a depender de la trascendencia del acto realizado.

Piénsatelo dos veces antes de cambiar la cerradura de la vivienda para evitar ser condenado por delito de coacciones. Recuerda que si te condenan dispondrás de antecedentes penales.

¿Quieres saber cómo puedes cancelar los antecedentes penales?

Te invitamos a que leas nuestro post 15 Tips para la cancelación antecedentes penales.

¿Cómo denunciar un cambio de cerradura?

Es tan sencillo como acudir al puesto de la guardia civil de tu población o comandancia de la policía nacional si resides en una ciudad, y presentar la oportuna denuncia por los hechos ocurridos.

Resulta de interés que dispongas de las pruebas adecuadas que acrediten que te están impidiendo el acceso a tu casa.

¿Cómo? Bien mediante los oportunos testigos presenciales que acrediten que efectivamente tus llaves no abren y que te están impidiendo la entrada, o bien mediante grabaciones de voz y comunicaciones vía WhatsApp.

¿Tienes dudas respecto a si lo que estás grabando es legal o no?

Te recomendamos que leas nuestro post Grabaciones entre divorciados «Me han grabado sin mi consentimiento», para que sepas todo lo necesario para disponer de una grabación legal y válida como prueba.

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Muchas Gracias

Javier González González

Padre, Divorciado y experto en el Área de Familia en Casasempere abogados.

36 comentarios
  1. lazar
    lazar Dice:

    mi pareja hace 39 dias abandono la vivienda donde vivimos los dos hubo violencia familiar ella desidio irse exixte una orden de proteccion contra mi debo irme de mi vivienda la cual es de renta donde yo soy el que pago la renta yo que puedo hacer para quedarme en la vivienda ya paga las mensualidades por mi?

    Responder
    • Casasempere Abogados
      Casasempere Abogados Dice:

      Hola Lázaro, gracias por enviarnos tus dudas. Debes confirmar y disponer de medios de prueba que permitan justificar que ella ha abandonado y es su deseo no volver al domicilio que ocupabais. Porque como vuelvas y ella se presente allí te va a tocar salir corriendo para evitar el quebrantamiento de condena. Alguien de tu confianza debería de confirmar ese abandono, mediante la visita a la vivienda y confirmar que se ha llevado todas sus pertenencias de la casa. Es el signo más evidente de que no se tiene intención de volver a la vivienda.

      Necesitaríamos más datos para poder darte una respuesta más fundamentada. Resolvemos las preguntas de 2 formas:

      1.- GRATUITA a través de los siguientes contenidos:

      1.1.- Nuestro vídeo directo de preguntas y respuestas en facebook. El próximo es el 18 de julio a las 20:00 horas.

      Te dejo enlace a uno de nuestros últimos video directos:

      https://youtu.be/i9I9KaFTJwQ

      1.2.- A través de nuestros contenidos en nuestro canal de YouTube

      https://www.youtube.com/channel/UCxNUdE67AgtK581S3vzKFmQ

      1.3.- A través de nuestros post en el blog de la web https://casasempere.seo4pymes.com/actualidad-legal/

      2.- De PAGO. A través de consulta en el que podemos ver todos los datos necesarios. Sentencias, Convenio y resto de documentos necesarios. El coste de la consulta individual y personalizada con el especialista en familia es de 85 € IVA incluido.

      Ese importe de 85 € se descontará del presupuesto total de llevarse un proceso.

      Responder
  2. lazaro
    lazaro Dice:

    el comentario ya esta escrito solicitando una respuesta al caso explicado mas arriba donde aclaro los pormenores de la situacion explicada

    Responder
    • Casasempere Abogados
      Casasempere Abogados Dice:

      Te hemos dado respuesta en el anterior comentario. Gracias por escribirnos y por dedicar tu tiempo a leer nuestro blog.

      Responder
  3. Pepelu
    Pepelu Dice:

    Hola
    En diciembre de 2018 me sépare de mi mujer, no estamos casados, tenemos un niño de 7 años y la hipoteca de la casa 50, 50.
    En marzo me instale en el jardín en una caravana, para dar tiempo y encontrar una solución. Todo este tiempo hemos hecho custodia compartida semanal. En ningún momento he dejado de pagar igual que ella. Hipoteca, suministros gastos escolares…. Además me ocupó del mantenimiento del jardín, la casa la he reformado yo, y todavía estoy pagando alguna reforma por intercambio de servicios.
    El invierno se acerca y no quiero estar en la caravana la semana que me toca con mi hijo, le he pedido a mi ex, de que quiero ocupar la casa ese tiempo, y darle un ambiente adecuado a mi hijo, la casa tiene 3 habitaciones, ella se niega. Además tiene la oportunidad de ocupar un apartamento con su trabajo en el mismo pueblo pagando 150 euros gastos incluidos. Y yo no tengo trabajo, tengo una lesión que me limita en este momento dedicarme enteramente a mi trabajo, carpintero. No sé qué hacer, en ningún momento he abandonado las obligaciones familiares.
    Pueden darme algún consejo?

    Responder
    • Casasempere Abogados
      Casasempere Abogados Dice:

      Hola Pepelu, la pregunta es ¿Hay convenio de mutuo acuerdo o trámite alguno legal? porque se podría solicitar el uso alternativo sobre la vivienda familiar dado que tu situación ante la inexistencia de más posibilidades es digna de protección. A tu favor el hecho de que el menor comparta semanalmente tu tiempo contigo, en contra, que hayas salido de la vivienda y que ocupes un espacio fuera de ella. Habría que conocer los detalles en más profundidad para poder contestarte adecuadamente, te invitamos a que nos contactes vía whatsapp al +34 627 532 798. Gracias

      Responder
  4. Pastora
    Pastora Dice:

    Buenas mis padres han empezado a separarse, y ella se a ido de la casa. ¿Podemos cambiar entonces la cerradura?

    Responder
    • Casasempere Abogados
      Casasempere Abogados Dice:

      Hola Pastora, no es lo más aconsejable mientras no exista un auto o sentencia que te otorgue el uso y disfrute de la vivienda. Sólo estaría mínimamente justificado si queda debidamente claro y probado que su intención es irse y dejar de residir en esa vivienda. Te hemos dado respuesta en nuestro video directo del pasado jueves 18 de noviembre, puedes visualizarlo en este enlace https://youtu.be/orT32t6ZCx0.

      Responder
  5. Robert
    Robert Dice:

    Hola, tengo una duda, mucho agradeceré sus comentarios, mi esposa me demandó por pensión alimenticia en el 2011 tiene el 50%, en el 2016 yo dejé la casa porque la relación se volvió insostenible, no saqué nada en ese momento, solo mis cosas, no inicie proceso de divorcio en el 2017 yo sacó casa de Infonavit, yo la estoy pagando, y un día en el 2018 encuentro a mi esposa dentro de la casa, inicié el proceso de divorcio en el 2019, Hoy estamos divorciados pero no llegamos a acuerdo, ella quiere sacarme de la propiedad, ¿puedo rentarle una casa por un mes, llevar sus muebles y los de los niños?

    Responder
    • Casasempere Abogados
      Casasempere Abogados Dice:

      Hola Robert, por los datos que nos envías deducimos que la vivienda está en copropiedad al 50 % o incluso en gananciales. Además nos indicas que existe un proceso de divorcio iniciado en 2019, te preguntamos ¿existe auto de medidas provisionales que atribuya el uso de la vivienda?. Porque si ya se ha indicado judicialmente quién debe de ocupar la vivienda no cabe cambio de cerradura ni que entres en la vivienda sin consentimiento del autorizado a usarla. El tema de proponer el pago de un alquiler en otra vivienda es una posibilidad muy acertada de cara a ponerse de acuerdo para la venta del inmueble, te aconsejamos que se documente el acuerdo de venta y en su caso el uso de la vivienda hasta la formalización de la compraventa, y recoger los meses de alquiler que abonarías posteriormente a la salida de la vivienda común, todo ello, encaminado a conseguir la liberalización de la propiedad y facilitar su venta. Te daremos una explicación más detallada en nuestro video directo del próximo miércoles 23 a las 19 horas simultáneo en facebook, youtube e instagram.

      Responder
  6. Robert
    Robert Dice:

    Hola, tengo una duda, mucho agradeceré sus comentarios, mi esposa me demandó por pensión alimenticia en el 2011 tiene el 50%, en el 2016 yo dejé la casa porque la relación se volvió insostenible, no saqué nada en ese momento, solo mis cosas, no inicie proceso de divorcio en el 2017 yo sacó casa de Infonavit, aun no está terminada de pagar ,yo la estoy pagando. Un día en el 2018 encuentro a mi esposa dentro de la casa ya no se quiso salir, inicié el proceso de divorcio en el 2019, Hoy estamos divorciados pero no llegamos a acuerdo, ella quiere sacarme de la propiedad, ¿puedo cambiale las chapas, rentar la casa, y pagarle a ella una renta en otra casa por un mes, llevar sus muebles y los de los niños?

    Responder
    • Casasempere Abogados
      Casasempere Abogados Dice:

      Hola Robert, por los datos que nos envías deducimos que la vivienda está en copropiedad al 50 % o incluso en gananciales. Además nos indicas que existe un proceso de divorcio iniciado en 2019, te preguntamos ¿existe auto de medidas provisionales que atribuya el uso de la vivienda?. Porque si ya se ha indicado judicialmente quién debe de ocupar la vivienda no cabe cambio de cerradura ni que entres en la vivienda sin consentimiento del autorizado a usarla. El tema de proponer el pago de un alquiler en otra vivienda es una posibilidad muy acertada de cara a ponerse de acuerdo para la venta del inmueble, te aconsejamos que se documente el acuerdo de venta y en su caso el uso de la vivienda hasta la formalización de la compraventa, y recoger los meses de alquiler que abonarías posteriormente a la salida de la vivienda común, todo ello, encaminado a conseguir la liberalización de la propiedad y facilitar su venta. Te daremos una explicación más detallada en nuestro video directo del próximo miércoles 23 a las 19 horas simultáneo en facebook, youtube e instagram.

      Responder
  7. Luis
    Luis Dice:

    Hola, tengo una duda que me tiene muy nervioso, mi expareja y yo hemos roto hace unas semanas, la vivienda es mía al 100×100, i ella se a alquilado un piso, ya se a llevado sus enseres personales i ahora quiere llevarse muebles etc… puedo cambiar la cerradura de mi casa para que no entre mientras yo no estoy?

    Responder
    • Casasempere Abogados
      Casasempere Abogados Dice:

      Gracias por dejarnos tu duda, le daremos respuesta en el video directo que vamos a emitir hoy a las 19 horas simultáneo en youtube, Instagram y facebook, te dejo enlace para que puedas acceder a verlo https://youtu.be/WhxhuoRKYeE. A lo largo del directo abordaremos y daremos respuesta a tu duda.

      Responder
      • Agustín
        Agustín Dice:

        Una pregunta, me separé de mí ex, con perimetral por violencia, me fui de la casa que alquilamos, el contrato a mí nombre, pero ella se fue a su ciudad, dejo todo, y a otra persona que alimenta los animales. No sabemos si volvió, no responde y me están pidiendo que devuelva la vivienda. Me dijeron que puedo entrar y sacar sus muebles ya que ella no vive más ahí y entregar la casa. Tenemos un bebé de 8 meses. Eso lo puedo hacer? Me dicen que lo haga sin problema porque el contrato está a mí nombre y ella abandono la casa

        Responder
        • Casasempere Abogados
          Casasempere Abogados Dice:

          Hola Agustín, Nos encantaría ayudarte pero somos residentes en España y solo trabajamos con el derecho español.

          Responder
  8. Ramon
    Ramon Dice:

    Hola, la denuncia por cambio de cerradura en domicilio familiar va por violencia de genero? mi pareja hace meses q fue a vivir a otro domicilio donde pago todos los gastos y quiero cambiar las cerraduras de mi casa q estoy pagando yo. sin embargo me dice q si lo hago la denuncia por el cambio de llaves va si o si por violencia de genero…es cierto esto? grcacias estoy un poco asustado.

    Responder
    • Casasempere Abogados
      Casasempere Abogados Dice:

      Muchísimas gracias por compartirnos sus dudas Ramón. Cuando es la ex pareja y quien ejerce la coacción es el hombre se puede tramitar dentro del ámbito de la violencia de género. Aún aos faltan datos para poder responderle a su pregunta. Le invitamos a que nos envíe por whatsapp usando este enlace https://casasempere.seo4pymes.com/ayudadme un breve audio (no más de 2 min) ampliando la información que aquí nos detalla para poder darle una primera respuesta que pueda responder sus dudas y valorar posteriores opciones que disponemos para ayudarle.

      Responder
  9. ESTEFANIA
    ESTEFANIA Dice:

    Mi exmarido y yo nos separamos en septiembre 2021, hace un año. Como él estaba en paro, le he permitido vivir en el que era el domicilio familiar, aunque es propiedad exclusiva mía porque teníamos separación de bienes antes del divorcio, y además en el divorcio quedó claro que yo quedaba en esa vivienda de mi propiedad. Ahora quiero que se vaya porque sigue sin trabajar y no aporta nada a la economía de la casa, pero él se niega. No sé que hacer, ¿puedo echarle y cambiar la cerradura?, ¿tengo que denunciarle?. ¿puedo irme yo de mi casa hasta que él se vaya o consiga echarle?

    Responder
    • Casasempere Abogados
      Casasempere Abogados Dice:

      Muchísimas gracias por enviarnos su duda. Para dar una respuesta adecuada precisamos acceder a mayor detalle en los datos del divorcio (convenio o sentencia). Así como, los posibles acuerdos posteriores sobre el uso de la vivienda. La forma más adecuada que disponemos para ayudarla es nuestra consulta individual de claridad, si está interesada le puede escribirnos por whatsapp usando este enlace https://www.casasemepreabogados.com/ayudadme para que le enviemos detalle de precios y forma de proceder a su contratación para que podamos ayudarle.

      Responder
  10. Laura Alejandra
    Laura Alejandra Dice:

    Buenas, me fui de casa cn mi niño porque no aguantaba la convivencia con mi pareja, la casa está a nombre de los 2, estoy en casa de mi madre ya han pasado 6 meses, me cambió la cerradura casi al mes de haberme ido o menos, todavía no hay un convenio y he querido volver a mí casa porque mi hijo y yo no tenemos donde vivir, llevo meses en un sofá cama, entonces puedo denunciar por cambiar la cerradura, saque poca ropa todo sigue en mi casa q está ocupando el padre de mi hijo. Que en puedo hacer?

    Responder
    • Casasempere Abogados
      Casasempere Abogados Dice:

      Muchísimas gracias por enviarnos su duda. Sería preciso ampliar con más detalle la información que nos comparte para poder explicarle y aclararle su duda. Le invitamos a que nos contacte vía whatsapp usando este enlace https://www.casasempereabogados.com y nos envíe un audio (no más de 2 min) ampliando la información que aquí nos relata para poder darle una primera respuesta que le pueda servir de ayuda.

      Responder
  11. JJJ
    JJJ Dice:

    Hola. Estoy esperando sentencia. Ella pide compartida. En mi contestación pedí exclusiva. Accedí a que la vivienda sería para ella (es de su propiedad). Aún convivimos. Cuando salga la sentencia, ¿se me concede un plazo razonable para iniciar y realizar el traslado? No pidió medidas provisionales en la demanda, ¿puede hacerlo cuando salga la sentencia? Yo pedí en la contestación realizar el traslado en Navidad, cuando ella esté con su familia.

    Responder
    • Casasempere Abogados
      Casasempere Abogados Dice:

      Muchísimas gracias por compartirnos sus dudas. Que se le conceda plazo o no para el traslado y salida del domicilio va a depender de que se haya solicitado en demanda o contestación, que usted nos indica que sí, así como, que se haya reiterado dicha solicitud en la vista del juicio. Tendrá que esperar usted a la sentencia para saber si se le concede. Independientemente puede usted llegar a un acuerdo con la copropietaria para fijar una fecha de salida de la vivienda.

      Responder
  12. carolina12
    carolina12 Dice:

    Buenas tardes, tengo un apartamento lo compre en en el 2010 y me case luego en el 2011, actualmente me divorcié, cuando fueron a notificar al apartamento a mi ex lo del divorcio del condominio dijeron que tenia un candado mi casa, yo habia dejado el apartamento por acoso y amenazas, ahora no puedo entrar. El me dice que le pertenece totalmente o le tengo que dar la mitad por que le corresponde, ya que estuvimos casados.

    Responder
  13. Gala Ramírez Osorio
    Gala Ramírez Osorio Dice:

    Buenas tardes: me casé en el 2020, y hubo convivencia conyugal hasta el 2022, en agosto de este año mi esposo con mentiras me envió a casa de mi madre y después por Whatsapp me dijo que no podía recibirme a la casa conyugal, y con groserías me dijo que no me podía recibir, y en abríl de 2023 me trajo mis cosas a la casa de mi mamá, cometió un delito al echarme con mentiras de la casa conyugal?, Puede ser castigado o cometió un delito por no recibirme a la casa conyugal?, Que puedo hacer necesito me asesore por favor

    Responder
  14. Laura
    Laura Dice:

    Hola,he llegado a casa y me encuentro que mi ex ha roto la cerradura y se ha metido con todas mis cosa dentro las de mis 2 hijos y mi nueva pareja ,tengo sentencia firme de divorcio y medidas cautelares donde yo me quedo a vivir en el piso ,el piso es propiedad de los dos ,me he alquilado un chalet a 15 km y voy y vengo todos los días a llevar al cole a los niños hecho un vistazo y vuelvo así unos tres meses,cuando me llevo la sorpresa que ha forzado la cerradura se ha metido dentro y no puedo ni acceder a por ropa para mis niños y tengo todas las pertenencias dentro,muebles,joyas,dinero etc que seguro habrá desaparecido muchas,he ido a la gcivil y dice que como el piso es de los dos puede hacerlo,servicios sociales,mi abogada,instituto de la dona y otros dicen que es ilegal,coacción grave y allanamiento de morada,testigos los vecinos.Podeis ayudarme,gracias.

    Responder
    • Casasempere Abogados
      Casasempere Abogados Dice:

      Hola laura, se hace preciso conocer más detalles, especialmente profundizar en el contenido exacto de la sentencia o convenio respeto a la atribución del uso de la vivienda. Pero tiene toda la pinta de ser un delito de coacciones, aunque la actuación que comentas de la Guardia Civil nos confunde, desconozco si ellos han tenido acceso a la sentencia y ponga algo que les permita llegar a esa conclusión que compartes. Te invitamos a que nos contactes usando este enlace https://casasempere.seo4pymes.com/ayudadme para si lo deseas te expliquemos en detalle como acceder a una consulta o sesión de claridad que nos permita darte respuestas más certeras.

      Responder
  15. Elaida chourio
    Elaida chourio Dice:

    Vivía con mi pareja desde hacía dos años en un piso de su propiedad, enfermé de vesícula y el día que iban a operarme, me llevo al hospital. Allí discutimos y se fue, dejándome allí, luego me bloqueó de su teléfono y mientras a mi me operaban, me cambió la cerradura de la puerta y la madrugada siguiente mientras yo aún estaba en el hospital, me envió un WhatsApp, donde me decía que me había dejado una mochila con algo de ropa en casa de un vecino, que el se iba de viaje y llegaría una semana después, que entonces podría ir a recoger mis cosas.es esto legal?

    Responder
    • Casasempere Abogados
      Casasempere Abogados Dice:

      Hola Eladia, gracias por compartirnos tu vivencia, nos faltan datos para poder dar una respuesta certera, pero si la vivienda era tu domicilio habitual y estabas empadronada en él, desde luego, que es vergonzoso tener que vivir situaciones como las que describes, nos olvidamos con mucha rapidez de años de convivencia y esfuerzo en común. Entiendo que una vez decidido poner fin a la relación se desee poner punto y final a la convivencia, pero hay formas y formas de hacerlo. Desde luego que podría ser un supuesto de delito de coacciones, pero sería preciso conocer más detalles.

      Responder
  16. Angelica
    Angelica Dice:

    Hola, un día me salí de casa por violencia familiar y el me levantó un acta de abandono de hogar yo solo fui al DIF en ese momento a decir de la violencia pero no quise proceder legalmente pues solo era violencia verbal. Desde de unos 5años yo le pedía las llaves constantemente y me decía que no era mi casa , inclusive una vez le llamé llorando q no tenía dónde vivir que me diera las llaves y me dijo que no. y cambio la chapa y aparte puso una nueva y Mete a su amante a disfrutar de la casa hoy abandonada xq el ya se fue a Guadalajara! La casa está a nombre de los dos! Y casados por vienes mancomunados. Ya me divorcié pero mi abogado ya no hizo nada por el bien de la casa que está en cuernavaca. Me dicen que yo vaya y abra la chapas y me meta. Pero yo quiero que un juez le pida las llaves y me ceda la compra de su parte para yo comprarla aún dijo q nunca me la iba a vender a mí. Pero quiero que le diga xq en años no me ha dejado entrar y lo precione. O no sé si ese papel que tiene que yo abandoné el hogar hace años lo proteja a él.

    Responder
    • Casasempere Abogados
      Casasempere Abogados Dice:

      Hola Angelica, verás somos abogados en España y actuamos a nivel legal en territorio español. Sentimos no poder ayudarte, desconocemos las leyes fuera de España.

      Responder
  17. Josep
    Josep Dice:

    Hola buenas que tal , estoy en proceso de divorcio, y yo por no tener problemas me he ido a vivir de momento con mi padre , siendo la vivienda habitual propiedad mia, hemos ido a las cautelares però no hemos entrado a juicio , esperando el juicio final dentro de unos meses, de momento hace poco me ha canviado la cerradura de la puerta, que se tiene que hacer en este caso, ya que no hay nada firmado ni ningun juez ha decidido. gracias.

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