Preguntas que se hacen en un juicio de divorcio contencioso
¿Nos veremos para preparar el juicio, verdad?. ¿Me puedes decir qué preguntas se hacen en el juicio?. ¿Cómo tengo que contestar? ¿A quién llevo de testigo? ¿Cómo debo ir vestido? ¿Le voy a tener que ver?… Estoy de los nervios, me pone histérica tener que ir a juicio y verme frente a frente con mi ex.
Estas preguntas y afirmaciones son muchas de las que todo padre o madre, que vive por primera vez el proceso de divorcio, nos preguntan al iniciarse lo trámites del divorcio o ruptura de pareja con hijos menores. Y sobre todo cuando les llamamos para decirles que ya ha llegado la notificación de fecha para el juicio o vista principal.
¿Es normal sentir nervios antes de un juicio?
Sí. Es totalmente normal. Y mucho más si es la primera vez que pisas un juzgado.
Para tu tranquilidad te vamos a desvelar un secreto. Como abogados siempre tenemos nervios antes de un juicio, y eso que llevamos más de veinte años en esta profesión.
El día que dejemos de sentir nervios por la incertidumbre de lo que va a ocurrir dentro de la sala de vistas, habrá llegado el momento de colgar la toga. Eso significará que hemos dejado de tener respeto a la justicia y a nuestros clientes.
Así que, si nosotros con más de veinte años de profesión nos ponemos nerviosos, imagínate cómo puedes estar tú que para nada es tu medio habitual.
Todos tenemos miedo de lo desconocido. Y en este caso, el juzgado para ti es un lugar totalmente ajeno a tu vida cotidiana.
¿Se puede asistir a un juicio?
Las vistas orales de los juicios son públicas, es decir, cualquiera puede entrar en la sala de vistas y ver un juicio, salvo que el juez por razones de orden público o para la protección de derechos fundamentales, como puede ser el respeto debido a la víctima o familiares, o para evitar que su exposición pública pueda generar mayores perjuicios las declare privadas.
Cualquiera puede pasarse la mañana viendo juicios. Esperemos no provocar con este dato una avalancha de jubilados asistiendo a los juicios como medio de entretenimiento matutino
¿Qué es la sala de vistas?
Es la sala, habitación o espacio habilitado en las dependencias de los juzgados para celebrar los juicios.
Su forma es de varias mesas, color madera haya, habitualmente colocadas en forma de «U» invertida en cuyo centro suele estar grabado el escudo de la comunidad autónoma en la que radique el juzgado.
Esas mesas conforman el estrado donde jueces, abogados y fiscales se colocan para celebrar el juicio.
Suelen estar dotadas de sistema de megafonía para cada parte interviniente, sistema de grabación y de reproducción de audio y video mediante una pantalla.
Un micrófono de pie colocado al frente del estrado y bancos para sentarse los asistentes y las partes.
Normalmente suelen estar forradas de paneles de madera y presididas todas siempre por un retrato del Rey.
¿Cómo debes ir vestido a un juicio de divorcio?
Esta pregunta suele ser habitual recibirla cuando tu cliente es mujer o un hombre especialmente coqueto. Lo que explicamos es válido para ambos sexos.
En Casasempere abogados nos gusta explicar que un juicio es como un gran teatro. Y al final de la obra se lleva el aplauso del público, en este caso gana el juicio, aquel que mejores actores ponga en la escena.
En nuestro despacho nuestro compañero Javier suele dedicar un tiempo de su proceso de preparación para hablar de este aspecto también importante.
Sobre todo, desde que recién estrenado como abogado tuvo un juicio, en aquel entonces laboral, y el cliente se le presentó en pleno mes de junio con camiseta de tirantes, bañador tipo pantalón corto y chanclas de playa.
Cuando lo vio llegar, a Javier se le cayó el alma a los pies. Le preguntó si vivía muy lejos de los juzgados para poder cambiarse. Este le dijo que llevaba más de dos horas de autobuses.
Era inviable el cambio de vestuario. Así que no le quedó más opción que encomendarse a todos los santos.
Para más presión, el juzgado en el que tenían que actuar era un juez muy estricto en cuento a vestimenta y orden en su sala. Nada más entrar a sala, Javier pudo ver como al juez se le salían los ojos al ver en primera fila al cliente ataviado cual turista recién aterrizado en las playas de Benidorm.
Fue tal la reprimenda recibida del juzgador que el cliente al salir de la sala le preguntó al joven Javier «¿Hemos perdido?». En esa ocasión habían tenido suerte porque la otra parte no había comparecido a juicio y al juez no le quedó más remedio que aceptar los hechos que se probaban con las pruebas aportadas.
Hasta la forma de vestir da puntos a la hora de enfrentarse a un juicio.
En los juicios de familia, divorcio o custodias, suele ser muy habitual que las partes, al ser ex parejas, quieran pavonearse físicamente cual pavos en celo al objeto de restregar los cambios físicos, normalmente para mejor, dado el hecho de que al terminar la ruptura por sistema todos los divorciados empiezan a cuidarse y a hacer ejercicio con el objetivo de verse mejor.
Los consejos esenciales para saber cómo vestir en un juicio tanto si eres hombre como mujer son:
1.- Nada de ropa ajustada, faldas excesivamente cortas, pantalones cortos (ni en verano), ropa super ceñida o de fiesta.
No es necesario dejar en el aire la sensación de exhibición. Ni tampoco nos vamos de discoteca. Te recordamos que estás en el juzgado para tramitar tu divorcio. No sirve de nada que pretendas exhibir todas tus curvas o músculos para tratar de hacer ver a tu oponente lo que se está perdiendo. Te aseguramos que lo sabe y realmente quiere perdérselo. Si no, no estaría allí.
2.- Nada de tacones altos si eres mujer.
No estamos de fiesta. Por mucho que desees, tu divorcio todavía no lo estamos celebrando.
Y para los hombres nada de chanclas o sandalias con los pies al descubierto.
3.- Ojo con los complementos, gafas de sol, piercings, bolsos tamaño mochila, abanicos…
Todo lo que dificulte que el juez y las partes te puedan mirar a los ojos hay que eliminarlo, porque el juez va a valorar todos tus gestos, tono de voz, ropa…
Es bueno que te recordemos que el contenido de la comunicación, las palabras que emites, sólo suponen el 7% de la comunicación. El restante 93% lo componen tu tono, tus gestos, tus expresiones, tu forma de vestir, el contexto. Todo el llamado lenguaje no verbal.
Puede que seas de los que le gustan llevar piercings y tatuajes. Aunque la justicia se va modernizando, el porcentaje de jueces de edad avanzada es superior al de jóvenes.
Así que, intenta que esos tatuajes no se exhiban en exceso. Y los piercings, es un buen momento para quitarte alguno y dejarlos en casa. Intenta ser moderado en los complementos.
Hay que intentar causar la mejor impresión posible. Aunque creamos que no, todo influye a la hora de que los jueces se hagan una idea de nosotros.
Puedes ser una bellísima persona pero si tu aspecto escandaliza al juez o jueza, como todas las personas va a prejuzgarte sin conocerte. Y en un juicio no hay tiempo de presentaciones.
No sólo hay que ser buena persona sino que además debes parecerlo.
4.- Nada de disfraces.
Y con ello, no pretendemos decir que vayas a venir disfrazado con el traje de Superman o Batman.
Es que muchas veces pretendemos vestirnos con ropa que no usamos nunca, que no es nuestra prenda habitual, y se nos nota que estamos incómodos y forzados.
Ya tienes bastante con acudir al juzgado como para tensarte todavía más.
Pongamos un ejemplo. Para nosotros como abogados el traje de chaqueta es una prenda cómoda y habitual. Se nota que cuando nos ponemos un traje estamos cómodos con él. Es nuestro uniforme diario.
Pero hay personas que los trajes de chaqueta sólo se lo han puesto en la comunión y en su boda. Entonces, no pretendas venir al juzgado con una ropa que no te va a hacer sentir cómodo. Es mucho mejor que vengas de una manera correcta, formal, pero que sea natural a tu forma de ser y a tu estilo personal.
Ni excesivamente deportivo ni excesivamente formal. Hay que buscar el punto intermedio dentro de tu armario pero que vaya con tu estilo y con la que te sientas cómodo/a.
En hombres lo ideal es camisa, pantalón informal y zapatos. Pero si eres de los que no suelen llevar camisa, pues una camiseta pero que no tenga rótulos con mensajes hirientes u ofensivos. Y si eres de los que no se quitan las deportivas, traéte las menos llamativas de tu armario.
Seguro que te estás planteando lo siguiente. ¿influye el color de ropa para ir a un juicio?
Pues sí, también aporta datos sobre ti. Te recordamos que no estamos en la feria de abril. No vengas como si fueras la mismísima Agatha Ruiz de la Prada.
Hay una máxima que hay que tener presente. Sé coherente con tu historia real de vida. Si eres una mujer que ha estado padeciendo una vida horrenda junto a su marido y con problemas económicos, si apareces en el juzgado con un vestido rojo ceñido, los labios de carmín rojo intenso, las gafas de sol de Gucci y toda enjoyada, te aseguramos que el juez va a poner en duda tus argumentos de estar pasándolo mal económicamente.
En igual sentido si eres hombre. Una vez tuvimos que representar a un hombre en la custodia de sus hijos que había pasado de empresario de éxito a estar en la plena ruina tras su divorcio. Apareció en la vista con polos de Carolina Herrera.
Los jueces lo observan todo porque dentro de su poder de decisión tienen que estar convencidos que lo que le hemos contando en nuestros escritos se ajusta a la realidad, y de que no estamos mostrando una realidad diferente.
No quieras aparentar lo que no eres, porque sobre actuar muchas veces en lugar de al éxito nos lleva al fracaso en el juicio.
Debes vestirte acorde a como te sientes. Estamos convencidos que si estás atravesando una situación complicada tus colores de ropa van a ser preferentemente oscuros más que coloridos, dado que esa va a ser tu situación interior.
¿Cómo se desarrolla un juicio de divorcio?
1.- Colocación en la sala de vistas
Nada más entrar en la sala de vista vas a ver en el estrado unas mesas con forma de «U» inversa. Normalmente lisas y color haya claro. Las salas de vistas modernas suelen ser similares en todos los juzgados de España. Vista una, vistas todas.
En el centro de la gran «U» invertida estará el juez o jueza del juzgado con su toga negra con puñetas blancas.
La toga es la bata negra hasta la altura de los tobillos que todos los que actuamos en un juzgado nos ponemos para asistir a los juicios.
Pegado a una pantalla de ordenador tendremos al oficial del juzgado que se encarga de activar las grabaciones durante el juicio, de recoger los documentos y pasarlos a las partes, salir a llamar a los testigos, y que acomoda a partes, testigos y peritos frente al micrófono para las declaraciones.
Junto al juez a su mano izquierda estará el representante del Ministerio Fiscal, también ataviado con su toga negra.
El Fiscal en los juicios de familia ejerce el papel de abogado defensor de los hijos menores de edad. Vigila que los intereses de los niños queden garantizados y que la custodia, el régimen de visitas o el importe de las pensiones sea acorde a los intereses de ellos.
Nada más entrar las partes, en función de su postura en el juicio, demandante o demandado, cogen posiciones en el juzgado. Demandado junto al fiscal y demandante enfrente del Fiscal.
Las partes se ponen en la primera fila de bancos existentes en la sala frente a sus respectivos abogados.
2.- Comienzo del juicio de divorcio contencioso
El juicio de divorcio contencioso comienza cuando el juez o jueza ordena al funcionario que ponga la grabación en marcha.
Lo primero que hace el juez es declarar abierto el acto del juicio y repite en voz alta para que quede grabado el número de procedimiento, las partes, y tanto fiscal como abogados asistentes se identifican mediante su nombre y número de colegiado profesional.
3.- Ratificación de la demanda de divorcio
Abierto el acto del juicio el demandante ratifica su demanda, es decir, confirma que sigue adelante con su petición y, en su caso, de considerarlo necesario, hace aquellas matizaciones que considere adecuadas a la vista del escrito de contestación recibido de la otra parte o como consecuencia de hechos que hayan podido ocurrir tras la presentación de su demanda y que no hubieran podido ser tenidos en consideración al momento de su redacción, pero teniendo presente que nunca se puede modificar de forma sustancial el escrito de demanda. Se podrá matizar o aclarar pero no cambiar la petición inicial.
Y tras su ratificación solicitará que se tenga por recibido el pleito a prueba. Una formalidad legal que lo que viene a decir es que quiere presentar pruebas en el momento oportuno.
4.- Contestación de la parte demandada a los posibles cambios o matizaciones esgrimidas o de no existir para ratificarse en su escrito de contestación.
Idéntico trámite pero esta vez por la parte demandada.
5.- Turno del fiscal.
En idéntico sentido para hacer alegaciones frente a las matizaciones o aclaraciones o en su caso, para ratificar su escrito de contestación.
6.- Proposición de pruebas
Empieza el demandante, proponiendo las pruebas de las que pretende valerse en el juicio para que sean valoradas por el juez o jueza para su admisión y práctica.
Idéntico trámite para demandado y Fiscal.
Tras cada proposición de pruebas (testigos, peritos, documentos…), el juez se pronuncia indicando qué pruebas admite y cuáles no.
Frente a la denegación de pruebas, normalmente, las partes se oponen a esa decisión a través de los oportunos recursos de reposición en el acto y posterior queja para su constancia en acta de cara a su posible realización en segunda instancia, en un posible recurso contra la sentencia.
7.- Traslado de documental aportada a cada parte.
El funcionario recoge de cada parte los documentos de prueba que quiere aportar al juicio y sus correspondientes copias, dando entrega de cada copia a las partes para su examen en el acto de la vista.
Tras dejar un tiempo para el examen y revisión de los documentos, el juez o jueza concede la palabra al demandante para pronunciarse sobre los documentos que han sido aportados de contrario.
Es el momento de impugnar o alegar aquellos fallos que puedan ser observados de cara a que no sean admitidos como prueba para el juicio.
Tras las alegaciones, el juez o jueza resuelve si los va a tener en consideración o no a efectos probatorios.
8.- Declaraciones de las partes.
Si alguna de las partes intervinientes lo solicita es el momento de que se levante el demandante, acercarse al micrófono y contestar a las preguntas de aquella parte que lo haya solicitado.
Los abogados de las partes solo pueden pedir la declaración del contrario, no del propio cliente.
En los últimos años es muy habitual no pedirse el interrogatorio de la parte contraria. Es tan habitual escuchar mentiras que los profesionales del derecho intentamos no dejar espacio para seguir centrando la atención del juez o jueza en una historia que no se ajusta a la verdad.
Si que es cierto, que los Fiscales suelen pedir por sistema el interrogatorio de ambas partes. Suele ser preferible dejar que el interrogatorio lo encabece el Fiscal para ver hacía donde dirige su punto de mira y con eso saber donde destacar nuestra intervención
9.- Declaraciones de los testigos y peritos.
Idéntico proceso que el anterior, sólo que en este caso el funcionario/a saldrá por la puerta y gritará el nombre del testigo o perito que debe entrar en la sala para declarar ante el micrófono.
Los testigos y peritos han de estar esperando fuera de la sala, sin oir nada del juicio, ya que si lo hicieran su prueba ya no sería considerada como tal.
Nada más entrar el funcionario o funcionaria le pedirá su DNI y lo acompañara frente al micrófono, se lo acomodará a su altura y empezará el interrogatorio tras las llamadas «preguntas generales de la ley».
- Cuál es su nombre y apellidos.
- Si tiene interés en el pleito.
- Si tiene relación alguna con las partes.
- Si jura o promete decir la verdad.
- Y para concluir y terminar de ponerte como un flan si eres el testigo, el juez o jueza suelta la parrafada legal recordando que el falso testimonio está penado en el código penal, haciendo especial hincapié en las penas de prisión contempladas en dicho texto normativo.
Tras esas preguntas generales el juez o jueza indicará «conteste a las preguntas que el abogado que le ha propuesto le va a formular».
Y empezará el oportuno interrogatorio. Tras las preguntas del abogado de la parte que le ha propuesto, intervendrá el Fiscal y por último el otro abogado de parte.
Al terminar el interrogatorio si el juez considera necesario hacer alguna pregunta para clarificar el contenido del mismo, podrá formular preguntas directamente al testigo o perito.
Una vez que han pasado por delante del micrófono todos los testigos o peritos propuestos y admitidos por todas las partes. Empezando siempre en los juicios de familia por las pruebas propuestas y admitidas del demandante.
Ello con el ánimo de garantizar al máximo el derecho de defensa del demandado. Que pueda intervenir siempre en último turno, teniendo constancia de todo cuanto se ha querido poner a la luz en el juicio.
10.- Fase de conclusiones.
Tras la práctica de las pruebas llega el momento de sacar conclusiones o tratar de exponer al juez que nuestros argumentos son los que se deben tener en cuenta al coincidir con las pruebas realizadas en el acto del juicio.
Es un momento en el que van hablando uno a uno, empezando por el demandante, después el Fiscal y por último el abogado del demandado.
En los temas de custodias de hijos menores es muy importante estar atento en sala a las conclusiones del Ministerio Fiscal, porque si apoya la custodia para nosotros o la atribución de la custodia compartida (si es ese nuestro objetivo), es un indicio muy favorable de que, al menos al Ministerio Fiscal, le hemos convencido con las pruebas realizadas de que es la opción más acertada para adoptar en la sentencia.
11.- El visto para sentencia.
Es la frase que pone el final al juicio. Tras esa frase ya se puede salir de la sala de vistas tras recoger el DNI que el funcionario/a estará entregando a cada una de las partes intervinientes.
Y una vez fuera, empiezan las preguntas típicas: ¿tú como lo has visto? ¿crees que podemos ganar?.
Pero, seguro, que a lo largo de la lectura de este post te has preguntado.
¿Qué preguntan en un juicio por divorcio?
Pues absolutamente nada respecto a quien fue infiel a quien o cuántas veces fue infiel. Al juez o a la jueza le da exactamente igual quién es el causante de la ruptura o su motivo personal.
Las preguntas se dirigen normalmente a los siguientes temas.
1.- Preguntas relativas a temas económicos.
Cuánto sueldo recibe, qué gastos tiene, si paga alquiler o no, si tiene préstamos o cargas económicas que le limiten los ingresos.
Cuanta más estabilidad laboral e ingresos constantes se pueda demostrar, menos problemas de cara a una posible custodia compartida. Todas estas preguntas van encaminadas a conocer la situación económica de cara a fijar la pensión de alimentos.
También se suele preguntar si se está pasando pensión y, en su caso, qué cantidad mensual.
2.- Preguntas relativas a temas laborales.
En qué trabaja, cuál es su horario, si dispone de flexibilidad horaria, cuánto tiempo lleva trabajando….
Cuanto más estabilizado esté en su trabajo, más fácil será la distribución de sus tiempos para compaginarlo con los cuidados y atenciones directas para el caso, por ejemplo, de querer obtener una custodia compartida.
3.- Si dispone de vivienda, situación y distribución.
En los juicios de custodia es muy frecuente preguntar sobre la ubicación de la vivienda y si dispone el menor de habitación propia en la que pernoctar. Es un dato muy relevante porque los psicólogos suelen desaconsejar el que se comparta espacio con los menores.
La cercanía de las viviendas entre los progenitores también facilita las custodias compartidas.
4.- Preguntas sobre comportamientos previos sobre cuidados de los menores
Es necesario conocer si antes de la ruptura el padre o la madre ejercitaba de forma activa los cuidados que ahora demanda.
No es raro encontrar procesos de divorcio o custodia en los que se reclaman custodias exclusivas solo por venganza ante el dolor vivido con la ruptura.
5.- Pregunta sobre la situación actual en los cuidados de los menores.
¿Cómo se está haciendo tras la ruptura?. Y es muy importante conocer si hay impedimento por parte de alguna de las partes, porque puede ser frecuente querer tomar posición de dominio impidiendo al padre o a la madre el contacto con el menor.
6.- Preguntas trampa para conocer si realmente eres un padre o madre dedicado a tus hijos.
Del tipo: ¿cómo se llama el tutor del colegio del menor?, ¿puede decirme el nombre del mejor amigo de su hijo?, ¿puede decirme el nombre de la pediatra habitual de su hijo?. O preguntas de este estilo encaminadas a dejarte en blanco, pensando y dudando.
No hay nada que te deje peor delante de un juez que dudar o no saber qué contestar.
7.- Preguntas sobre visitas, estancias, vacaciones o puentes.
De cara a justificar posibles interferencias en las visitas o estancias o el hecho de no haber podido disfrutar fechas señaladas como cumpleaños del padre o de la madre o días tan especiales como el día del padre o de la madre.
8.- Preguntas sobre la relación con los llamados familia extensa.
Encaminadas a saber si se dispone de ayuda en forma de familiares directos, tíos o abuelos del menor, que le puedan ayudar en el caso de concederse una custodia compartida o exclusiva.
También se suele preguntar por el estado de la relación entre ambos padres, porque, aunque cada vez es menos habitual, los juzgados son más propensos a otorgar custodias compartidas cuando hay buena relación entre los padres.
También puede ser interesante sacar a relucir que la mala relación aparente es fruto de una estrategia procesal de cara a evitar la concesión de esa custodia compartida.
En realidad cada juicio tiene sus concretas preguntas que deben ser preparadas de cara a sacar a la luz aquellos datos que resultan relevantes de cara a mostrar al juez la realidad de lo que ocurre.
Estas que hemos expuesto pueden servir como «peguntas frecuentes de divorcio» o aquellas imprescindibles y más habituales en los procesos de familia sobre divorcio o custodia, en los que se discuta sobre la custodia de los hijos comunes.
Aun así, habrá que tener en consideración los hechos que motivan la demanda y en su caso la solicitud de la custodia en cada caso, para saber las preguntas exactas que puedes recibir en sala.
Lo mejor es dejarse aconsejar por tu abogado especializado en derecho de familia que te está asesorando en tu asunto.
Tras tratar este punto, se hace obligatorio poner otra pregunta para responderla.
¿Qué preguntas se hacen a testigos en el juicio de divorcio contencioso?
Normalmente irán encaminadas a sacar a la luz aquellos hechos que el testigo con su presencia directa ha visto o conoce como que realmente sucedió.
Y son muy parecidas a las que hemos indicado anteriormente. Sólo que normalmente pondrán más el foco de atención en sucesos ocurridos con ocasión de visitas, estancias de vacaciones, llamadas, encuentros entre los padres o sucesos vividos en la puerta de los colegios de los menores.
Con su testimonio se trata de demostrar la realidad de los datos aportados con nuestra demanda.
¿Cómo comportarse en un juicio de custodia?
La respuesta es bien sencilla. Con corrección y educación. Igual que te comportarías estando tu madre delante y sabiendo que si te desmadras un poco te va a dar una colleja por detrás.
Espera que se dirijan directamente a ti y no hagas movimientos o aspavientos raros que puedan despistar a los que te ven y escuchan.
En definitiva, actúa con total normalidad. Debajo de esas togas y esas caras serias hay personas como tú y como nosotros. También padres y madres. Con idénticos problemas que los tuyos y los nuestros.
No discutas con el abogado, el fiscal o el juez. Espera a que el juez o tu abogado intervenga en tu defensa. Tu muéstrate calmado y colaborador.
No dirijas miradas asesinas a tu ex cada vez que diga algo que te incomoda. Ni comentes la jugada en voz baja. Ni hagas gestos.
Tu comportamiento en la sala va a ser objeto de examen por el juez y forma parte de su decisión.
Si no entiendes una pregunta o necesitas ganar tiempo para responder, pide que te la repitan. No respondas a las preguntas con lo primero que te venga a la mente sólo para acabar cuanto antes.
Si el juez se empeña en que contestes a la pregunta con un sí o no, intenta dar tu argumento. Si te corta y te insiste que contestes sí o no, pídele educadamente que no puedes contestar con solo un sí o no porque estarías faltando a la verdad. Dile que necesitas matizarle tu respuesta.
Muestra corrección dirigiéndote a los abogados, fiscales y jueces de usted.
Observarás que tu abogado, el de tu ex y el Fiscal se dirigen al juez como «su señoría» y cada vez que van a intervenir dicen «con la venia». Son formalidades de la jerga legal, no van contigo. Tú simplemente háblales de usted.
¿Cómo hacer una buena declaración ante un juez?
Pues lo primero de todo, como hemos dicho antes, manteniendo la corrección y las formas.
Totalmente prohibido entrar en la sala de vistas masticando chicle o chupando un chupa chups.
Tampoco con gorra o las gafas de sol puestas.
1.- Dirige la mirada a la persona que te pregunta.
Para demostrar honestidad es imprescindible mirar a quien te habla y a los ojos.
Un rasgo de las personas que mienten al hablar es desviar la mirada de su interlocutor.
2.- Responde con seguridad, sin dudas.
Si vacilas o dudas en tus respuestas, si no tienes seguridad y firmeza en lo que declaras, abres la duda a quienes te escuchan.
Sé preciso/a en tus respuestas. No exageres porque puede parecer que te lo estás inventado.
3.- No busques la afirmación de tu abogado.
Si lo haces parecerá que estas representando un papel. Tienes que ser natural. Seguramente querrás saber si tu abogado está satisfecho con tu intervención. Ya te buscará él con su mirada después de que hayas terminado. Ahora toca acabar el interrogatorio o la declaración testifical.
4.- Responder desde la verdad.
Las mentiras tienen las patas muy cortas y se pilla antes a un mentiroso que a un cojo. Si de verdad quieres un resultado positivo en el juzgado te recomendamos que vayas con la verdad. Según nosotros es la única manera de ir por la vida y de que por tanto no haya contradicciones entre las partes que declaran.
Si todos cuentan la verdad de lo que ocurrió no habrá versiones contradictorias que puedan permitir al juez dudar de la veracidad de lo que hablas en tu demanda.
5.- Acuérdate de fechas exactas.
Parece una tontería pero tener claras las fechas en las que ocurrieron los hechos que se demandan da seguridad al oyente de que no estás mintiendo en tus argumentos.
Por eso es importante repasar los datos los días previos al juicio, máxime cuando han pasado meses o incluso en algunos casos años.
Recuerda que la duda equivale a que cabe otra opción y se abre al juez la posibilidad de no darte la razón.
6.- Cuéntalo. Que no tengan que sacártelo con sacacorchos.
Desde nuestra modesta opinión y tras nuestros más de veinte años en sala, siempre es mucho mejor que las respuestas sean espontáneas que dirigidas mediante preguntas de sí o no.
Ya hace años que hemos dejado atrás las preguntas tipo «Diga si es cierto…» o «Diga si no es más cierto…» que sólo daban opción a un sí o no.
Cuéntale al juez tu verdad. Dale datos precisos para que pueda valorar con todo lujo de detalles.
Sí es cierto que dependerá mucho del juez o jueza, porque hay juzgados en los que los jueces no dejan a penas tiempo para preguntas. Por eso hay que ser precisos y decir lo importante.
Con estas pautas sabrás como hablar en un juicio verbal de forma correcta y tener éxito en tus declaraciones.
Todos estos puntos son igualmente válidos si eres testigo y quieres saber como hacer un buen interrogatorio en juicio.
¿Y tú?, ¿tienes más posibles preguntas en un juicio de divorcio contencioso que creas adecuado que pongamos en este post o en cualquier otro?.
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Javier González González
Padre, Divorciado y Experto apasionado del Área de Familia de Casasempere abogados.
Muchas Gracias.
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Muchas gracias Angie por leernos y por tu comentario.Nos ayuda saber que nuestros esfuerzo en poner al servicio de los demás información de valor es bien recibida.
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Que Devo Acer si mi hermana esta pidiendo la Guardia y custodia y me esta metiendo en medio a mi su expareja
Hola Francisco Jose, pues debes valorar si tu ayuda puede servir para calmar la situación de conflicto y conseguir que tu hermana y su ex pareja lleguen a un acuerdo. Si estar en medio de esta situación te incomoda en exceso, habla tanto con tu hermana como con su ex pareja y diles que te dejen fueran del conflicto, que tu no quieres formar parte de la pelea por la custodia. Limítate a ser tio de tus sobrinos y a evitar entrar a favor o en contra de uno o de otro.
muchas gracias por la informacion, muy util
Muchas Gracias por su valoración y por dedicar su tiempo a leer nuestros contenidos.
Me ha encantado este post. Hubiera sido ideal haberlo leído antes de mi juicio, porque cometí casi todos los errores que no hay que cometer. Todavía no hay sentencia y mi pregunta es hay alguna manera de que se pueda repetir el juicio? Gracias
Hola Pedro, muchísimas gracias por tu comentario. Seguro que no lo hiciste tan mal, siempre que hayas hablado desde el corazón, dijiste lo que tenías que decir. El juicio no se repite salvo casos de nulidad de actuaciones.
Yo estoy en un divorcio contencioso y mi ex no está de acuerdo con la pension de alimentos 180 euros.Su abogada ha pedido las grabaciones del juicio.Es la tercera vez que voy ya al juzgado.Estoy segura que lo va a llevar al TSJ.¿Cuanto tarda el proceso?.Encima con la huelga que hay ahora,pues se demorará más.Entiendo que si la sentencia no es firme ni esta inscrita en el registro civil en un apunte marginal yo sigo casada y no me puedo hacer pareja de hecho,aunque yo no se si el juzgado con una sentencia parcial del divorcio vale para yo inscribirla en el registro civil.Todo esto se esta llevando en Madrid.Gracias por su ayuda y feliz dia.
Hola Cardy, las sentencias en familia son efectivas y ejecutivas con independencia de que se presenten recursos. Si es cierto que al no ser firme no lo van a remitir al registro para su inscripción. Yo probaría a hacer el trámite directamente en el registro y no esperar a que sea el propio juzgado quien solicite la inscripción.
Si mi ex mujer es una narcisista (no diagnosticada) puede usarse como prueba en el juicio? De qué manera?
Hola Carlos, lo primero de todo para poder ser usado sería preciso la existencia de un diagnóstico clínico por especialista que refrendara tu comentario. Es muy complicado que un equipo psicosocial (salvo supuestos muy extremos) vayan a detectar una patología psicológica de esta entidad, máxime con el poco tiempo que dedican a las evaluaciones. Le invitamos a que contacte con nosotros por whatsapp usando este enlace https://casasempere.seo4pymes.com/ayudadme y pida información sobre nuestra consulta de claridad para poder entrar en mayor detalle.
Hasta que punto puede usarse en un juicio de divorcio, que la mujer no vive en casa hace meses, consume y vende droga y hace de madame para una prostituta? Es relevante?
Hola Diego, muchísimas gracias por dejarnos tu duda. Lo que nos comentas es un detalle muy delicado, se hace preciso disponer de más detalles. Te invitamos a que contacte con nosotros por whatsapp usando este enlace https://casasempere.seo4pymes.com/ayudadme y pida información sobre nuestra consulta de claridad.