Prueba toxicológica en los procesos de divorcio o guarda y custodia
Una de los reproches más usuales que nos solemos encontrar en los juzgados, a la hora de tratar de impedir que se otorgue la custodia compartida de los hijos, en los procesos de divorcio o de guarda y custodia por ruptura de la relación de pareja, es la repentina catalogación de aquella persona con la que se ha compartido cama y vida de «drogadicto».
Consumos que durante la convivencia de pareja se veían normales y de los que incluso se participaba en la intimidad de la pareja, ahora como consecuencia del divorcio o la ruptura de pareja, se tachan de DEPENDENCIA, PROBLEMA, HABITUALIDAD, ASIDUIDAD, PELIGROSO.
Con este post no estamos pretendiendo defender el consumo de drogas, ni mucho menos. Consideramos que para tener una vida plena y feliz no es necesario envenenar nuestro cuerpo y somos defensores de un estilo de vida sano y saludable, en el que es primordial cuidar de nuestro cuerpo, como templo y recipiente que nos permite disfrutar de nuestra existencia.
Sin embargo, lo que tampoco podemos aceptar es que, por el simple hecho de romper la convivencia o relación de pareja, comportamientos que antes se aceptaban e incluso se compartían, ahora den lugar a feroces críticas y, lo que es peor, que sean usados como CAUSA para tratar de alejar a ese padre o madre de los hijos comunes.
Es tal el DOLOR que provoca la ruptura de la relación de pareja, que hace que la sed de VENGANZA se instaure y las personas se cieguen y busquen cómo devolver ese dolor de cualquier manera, olvidando, en muchas ocasiones, de que esa persona a la que atacan en realidad es un buen padre o madre, con sus defectos y sus errores, por supuesto, como todas las personas, pero en definitiva un buen padre o madre para tus hijos.
¿Se puede solicitar prueba toxicológica al juzgado?
Por supuesto que sí. Sin embargo, para que el juez entre a valorar su aprobación, es necesario que aportemos lo que en derecho se denomina un «principio de prueba», que no es otra cosa que algún indicio que haga llevar al juez a entender que el consumo de drogas o alcohol es de tal entidad y frecuencia, que puede ser un perjuicio para los cuidados y atenciones de los menores.
No basta la mera alegación o insinuación en la demanda de la existencia de consumos. Hay que acompañarlo de datos objetivos que puedan hacer ver al juez que es necesario entrar en más profundidad en su control para descartar posibles razones que excluyan la atribución de una custodia compartida.
Fotografías, videos o testigos son las pruebas habituales a las que se recurre, cuando no hay un historial clínico que pueda demostrar con total objetividad que estamos ante un problema de dependencia grave. En el caso de que haya sido un problema grave a lo largo de la vida habrá un historial de centros de desintoxicación, entradas, salidas, partes de urgencias, o incluso informes de asistencia a Unidades de Conductas Adictivas.
El historial médico en situaciones de adicción grave o dependencia, reflejara su existencia porque, con total seguridad, en algún momento se habrá intentado tomar acción contra esta situación y el recurso habitual habrá sido el acudir al médico de cabecera, para que derive al centro o especialista adecuado. Todo esto queda debidamente reflejado en el historial médico.
Puedes solicitar como prueba anticipada, previa a la comparecencia de medidas provisionales o a la vista del juicio de divorcio, que se oficie a la Conselleria de Sanidad a fin de que se remita historial médico relativo a adicciones o dependencias.
Es más, en función del contenido de las pruebas de que dispongas y aportes junto con tu demanda, incluso el juez puede llegar a autorizar la realización de un análisis toxicológico de drogas, que permita conocer si existe una habitualidad o frecuencia en dicho consumo, análisis que puede llegar a resultar necesario para determinar si puede resultar perjudicial o peligroso en su función de padre o cuidador de los hijos menores.
Los excesos de tu pasado en el que no le dabas importancia a lo que hacías por la rebeldía de juventud, pueden ser tu peor enemigo hoy al momento al querer compartir tu tiempo con tus hijos.
Por el simple hecho de haber tenido un pasado turbulento con el consumo de drogas no significa automáticamente que no puedas ser un buen padre hoy y que, automáticamente, estés excluido de la posibilidad de obtener una custodia compartida.
Si que es cierto, que la otra parte desde su DOLOR va a poner el foco de atención del juez sobre dicha circunstancia.
La solución es tan simple como acreditar que ese pasado no es tu presente y que tú hoy eres una persona completamente diferente, sana y rehabilitada.
Tipos de pruebas de drogas
El análisis toxicológico de drogas o la presencia de drogas en el cuerpo tiene 3 formas de acreditarse:
- Orina.
- Sangre.
- Pelo.
La elección del medio idóneo por el que debemos optar va a depender de un simple factor: el TIEMPO que haya transcurrido entre el último consumo.
1.- Test de drogas en sangre
El tiempo de drogas en el cuerpo va desde las 3 horas en drogas como el LSD, 12 horas en el caso del alcohol y 48 horas la cocaína. En este sentido, está la salvedad del «cannabis», que permanece en la sangre cerca de 336 horas o el equivalente a 14 días.
Las drogas permanecen presentes en la sangre por HORAS con lo que el análisis de sangre es el medio menos certero de cara a acreditar que exista o no una dependencia o adicción. Es el medio idóneo a la hora de acreditar un consumo elevado en un momento determinado, pero no nos permite verificar la habitualidad o dependencia.
Para mejor claridad e ilustración hacemos uso de los datos elaborados por drugs.ie y el gráfico elaborado con los mismos por la Sexta en un reportaje sobre tal circunstancia.
Seguro que te estarás preguntando ¿un análisis de sangre normal detecta drogas?
No. Al realizar la muestra de sangre hay que especificar que se quiere hacer un estudio de la presencia en dicha sangre de drogas, para que el laboratorio lo incluya en el informe. Los análisis de sangre normales no suelen usarse con esa finalidad, por lo que si no se solicita expresamente el laboratorio no lo incluye.
2.- Test drogas orina
¿Cuánto tarda en desaparecer droga de la orina?
En la orina el tiempo de presencia de drogas en el organismo se computa por DÍAS, desde 3 días para Anfetaminas o LSD, 4 días en la Cocaína, Barbitúricos, hasta los 30 días de presencia de drogas como el «cannabis».
En idéntico sentido adjuntamos gráfico ilustrativo elaborado por La Sexta:
3.- Prueba de droga en pelo
La prueba estrella para acreditar la presencia de un historial de consumo habitual, o frecuente, en nuestro cuerpo, es el análisis de pelo, que permanece durante meses e incluso puede llegar a determinar la habitualidad del consumo por un periodo de un año, dependiendo del tamaño y longitud de la muestra de pelo que se analice.
En términos generales, se puede determinar si ha habido consumo de las principales drogas en un periodo mínimo de TRES MESES.
Adjuntamos el gráfico que permite ver la permanencia en el pelo del consumo de estas sustancias perjudiciales.
La prueba toxicológica en el cabello se realiza mediante el corte de un mechón de pelo del grosor de un bolígrafo, y con una longitud de un mínimo de 3 centímetros a un máximo de 12 centímetros. El pelo crece gracias a la circulación sanguínea y, por eso, en el cabello se puede detectar la presencia de drogas.
Evidentemente, se podrá determinar un volumen de consumo, pero con esta prueba no se podrá nunca concretar los días precisos del mes en los que se realiza el consumo. Sirve como medio de acreditar la presencia o ausencia de esa concreta sustancia en el cuerpo, normalmente indicado como afirmativo o negativo y, si se da un consumo ocasional, regular o crónico.
A nivel de procesos de divorcio o guarda y custodia de hijos menores, lo que realmente hace al Juez plantearse el descartar la custodia, es el hecho de que sea un consumo regular o crónico y, SOBRETODO, que afecte al cuidado y atención de los menores.
¿Qué aspecto jurídico se debe cuidar a la hora de acreditar la veracidad de la prueba toxicológica?
Cómo en la mayoría de pruebas judiciales, lo más importante es demostrar el adecuado cumplimiento de la «cadena de custodia» en la realización de la prueba.
¿Qué es eso de la cadena de custodia? Que quede debidamente acreditado en el informe, que la muestra de pelo o cabello ha sido obtenida en el propio laboratorio, o por personal especializado que avale, con su firma, que han sido ellos quienes han recogido del pelo o cabello la muestra para enviar al laboratorio.
Son muy habituales en internet el encontrar laboratorio de análisis de pelo que envían un kit de recogida a casa. Estos informes podrían ser desvirtuados legalmente como prueba válida, por el hecho de no acreditar dicha cadena de custodia en la obtención de la muestra a analizar.
¿Cómo vamos a acreditar que el pelo que se remite a analizar es de la persona que realmente queremos, si la muestra la recogemos nosotros y la enviamos, y nadie acredita dicha recogida? Sin la intervención de personal especializado que pueda avalar que ha cortado el pelo de la cabeza del sujeto objeto de análisis, previa verificación de su identidad, la prueba podría quedar anulada ante los ojos del juez.
Así que, si vas a hacer uso de esta prueba, te recomendamos que, puestos en faena, no escatimes en gastos y hazlo con todas las garantías legales.
¿Se puede realizar la prueba de drogas en el pelo de personas con poco o ningún pelo en la cabeza?
En este tipo de pruebas, el pelo se suele obtener de la zona existente en la nuca entre las dos orejas, siempre que haya pelo ahí. Con un mínimo de 3 centímetros será posible su análisis, aunque lo único es que limitará el informe a un máximo de 3 meses de estudio.
¿Se podría sustituir el pelo de la cabeza por pelo del cuerpo?
Se podría llegar a usar como complemento, pero los resultados no son tan fiables porque el ritmo de crecimiento del pelo corporal es menor y altera los resultados.
¿Se puede realizar la prueba de drogas en el pelo con pelo de un cepillo o peine?
No sería valido porque no quedaría garantizada la cadena de custodia en la obtención de la muestra de cabello. El pelo podría ser de cualquier persona con lo que no se podría garantizar que los resultados fueran de la persona que nos interesa analizar.
¿Se puede quitar la custodia por consumo de drogas?
Depende. Es decir, puede existir un consumo habitual de drogas y no por ello estar incapacitado para atender o cuidar de los hijos. Si ese hábito dañino de consumo no afecta a las tareas de padre o madre, no tiene por qué ser un motivo de exclusión.
Para que sea una causa para la pérdida de la custodia ese consumo de drogas debe afectar perjudicialmente a los cuidados y atenciones de los menores, o sea ser dañino, peligroso o perjudicial para la seguridad de los menores.
El elemento importante para poder quitar la custodia por consumo de drogas es que esa conducta afecte o perjudique al cuidado de los menores. Que el consumo deje completamente ausente al adulto y los menores queden desamparados, olvidados y se deje de atender tareas tan elementales como darles de comer, bañarlos, o recogerlos del colegio. También que la presencia en la casa de drogas sea tan exagerada, que pueda correr riesgo la propia salud de los menores.
Este último hecho es mucho más complejo de acreditar, aunque a partir de edades de 8 años, los niños empiezan a ser más conscientes de su entorno, y a veces son ellos mismos los que lo cuentan en las exploraciones o en los gabinetes psicosociales.
Os dejamos una respuesta de las que dimos en uno de nuestros video directos. Cada 2 jueves a las 20 horas en nuestra página de Gacebook hacemos una sesión en directo en la que contestamos las dudas de los padres y madres divorciados.
En esta sesión contestamos sobre la posibilidad de obtener custodia exclusiva con adicción a las drogas.
Coste de la realización de la prueba toxicológica
Hay test de drogas en farmacias para realizar prueba de drogas, que normalmente funcionan con saliva u orina, y que se pueden adquirir en cualquier farmacia por precios desde 6 a 20 €, que, normalmente, son para realizar pruebas de orina, con la limitación explicada en el tiempo de presencia en el cuerpo.
Este tipo de kits son un buen remedio de cara a llevar un control casero en casa a hijos o parejas.
La prueba de sangre o de orina se puede realizar de forma gratuita, siempre que el médico de cabecera prescriba el análisis con el oportuno control toxicológico. En un laboratorio privado esa prueba tiene un coste de entre 60 a 100 €.
Y para la prueba de análisis de drogas en el pelo el precio ronda entre los 150 € a los 300 €, dependiendo de los laboratorios.
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Muchas Gracias
Javier González González
Padre, Divorciado y experto apasionado del Área de familia en Casasempere abogados.
Hola muy buenas necesitaría si es posible un test de drogadicción de cocaína si es posible y que me costaría para entregarlo en el juzgado gracias
Hola Fernando, si lo que buscas es un test rápido puedes adquirirlo desde 20 € en la farmacia, el problema es que no tiene validez legal alguna para presentarlo en el juzgado porque no queda constancia de que te lo hayan extraído a tí. Lo mejor es que acudas a tu médico de cabecera y le pidas que te haga un análisis de sangre incluido la información de tóxicos para que te hagan la extracción en el centro de salud y disponer del informe médico nominativo para aportarlo al juzgado. Un saludo